Legal Immigration

Inmigración legal

Hay muchas vías legales para vivir en España. Te ayudamos a encontrar la que encaja con tu situación.

Qué incluye

Cada situación es distinta. Estudiamos la tuya y preparamos el expediente completo, desde la primera cita hasta la resolución.

  1. AResidencia y trabajo

    RESIDENCIA Y TRABAJO

    Las personas extranjeras que deseen vivir y trabajar en España pueden acceder a diferentes autorizaciones de residencia y trabajo, dependiendo de su situación personal y profesional.

    La autorización de residencia y trabajo puede ser POR CUENTA AJENA, cuando la persona va a trabajar para una empresa o empleador en España, o POR CUENTA PROPIA, cuando desea desarrollar su propia actividad profesional, empresarial o como trabajador autónomo.

    En ambos casos deberán cumplirse los requisitos establecidos por la normativa de extranjería, que varían dependiendo del tipo de autorización, la situación del solicitante y la actividad que vaya a desarrollar.

    También existen procedimientos que permiten modificar determinadas autorizaciones de residencia o estancia para acceder a una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia.

    En Legal Immigration analizamos tu situación para determinar cuál es la vía más adecuada, revisamos la documentación y te acompañamos durante todo el procedimiento para obtener tu autorización de residencia y trabajo en España.

  2. BResidencia no lucrativa

    RESIDENCIA NO LUCRATIVA

    La residencia no lucrativa está dirigida a personas extranjeras que desean residir en España sin realizar actividades laborales o profesionales.

    Para obtener esta autorización es necesario acreditar medios económicos suficientes para cubrir los gastos de residencia y manutención durante la estancia en España, tanto del solicitante como, en su caso, de los familiares que le acompañen.

    Como referencia, el solicitante principal deberá acreditar medios económicos equivalentes al 400 % del IPREM y una cantidad adicional equivalente al 100 % del IPREM por cada familiar que le acompañe.

    También será necesario disponer de un seguro de enfermedad válido en España y cumplir los demás requisitos establecidos por la normativa, entre ellos los relativos a antecedentes penales y salud pública.

    La solicitud inicial se realiza desde el extranjero ante el Consulado de España correspondiente al lugar de residencia del solicitante. La autorización inicial tiene una duración de un año.

    Esta residencia es especialmente adecuada para personas que disponen de ahorros, rentas, pensiones u otros recursos económicos suficientes y desean establecer su residencia en España sin necesidad de desarrollar una actividad laboral o profesional.

    En Legal Immigration analizamos tu situación económica y personal, revisamos toda la documentación y te acompañamos durante el procedimiento para obtener tu residencia no lucrativa en España.

  3. CReagrupación familiar

    Reagrupación familiar

    La reagrupación familiar permite a las personas extranjeras que residen legalmente en España reunirse con determinados miembros de su familia y obtener para ellos una autorización de residencia.

    Con carácter general, el reagrupante deberá haber residido legalmente en España durante al menos un año y haber solicitado autorización para residir durante, al menos, otro año, además de cumplir los demás requisitos establecidos legalmente.

    Podrán ser reagrupados, dependiendo de cada situación, el cónyuge o pareja, hijos y, en determinados supuestos, ascendientes y otros familiares previstos por la normativa.

    También deberán acreditarse, entre otros requisitos, medios económicos suficientes, vivienda adecuada y cobertura sanitaria.

    La autorización de residencia por reagrupación familiar del cónyuge, pareja e hijos en edad laboral permite trabajar en España, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, sin necesidad de solicitar una autorización de trabajo adicional.

    En Legal Immigration estudiamos cada situación familiar y te acompañamos durante todo el procedimiento de reagrupación.

  4. DResidencia por arraigo

    Arraigo

    El arraigo permite obtener una autorización de residencia en España por circunstancias excepcionales cuando la persona extranjera cumple determinados requisitos relacionados con su situación laboral, social, familiar o formativa.

    La normativa actual contempla diferentes modalidades:

    Arraigo sociolaboral: para personas que hayan permanecido en España durante al menos dos años y dispongan de uno o varios contratos de trabajo que cumplan los requisitos establecidos legalmente.

    Arraigo social: dirigido a personas que hayan permanecido en España durante al menos dos años y acrediten vínculos familiares con residentes en España o su integración social, además de cumplir los requisitos económicos correspondientes.

    Arraigo socioformativo: para personas con al menos dos años de permanencia en España que estén realizando o vayan a realizar determinadas formaciones admitidas por la normativa y acrediten su integración social.

    Arraigo de segunda oportunidad: destinado a determinadas personas que anteriormente fueron titulares de una autorización de residencia y que, por determinadas circunstancias, no pudieron renovarla.

    Arraigo familiar: previsto para determinados familiares de ciudadanos de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, en los supuestos establecidos por la normativa. Esta modalidad no exige un periodo mínimo de permanencia previa en España.

    En Legal Immigration estudiamos tu situación personal para determinar qué modalidad de arraigo se adapta a tu caso y te acompañamos durante todo el procedimiento hasta la obtención de tu autorización de residencia.

  5. EEstudiantes

    Visado y estancia por estudios

    Si quieres estudiar en España durante un periodo superior a 90 días, puedes solicitar un visado o una autorización de estancia de larga duración por estudios, siempre que cumplas los requisitos establecidos por la normativa.

    Esta autorización permite realizar, entre otros, estudios superiores y determinados estudios de educación secundaria postobligatoria, así como otras actividades formativas previstas legalmente.

    En el caso de estudios superiores, la autorización permite trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia de forma automática, sin necesidad de solicitar una autorización adicional, siempre que el trabajo sea compatible con los estudios. Con carácter general, la actividad laboral no podrá superar las 30 horas semanales.

    La solicitud puede realizarse desde el país de residencia y, en determinados supuestos de estudios superiores, también desde España cuando la persona se encuentre en situación regular y cumpla los requisitos establecidos.

    En Legal Immigration te asesoramos sobre los requisitos, preparamos tu solicitud y te acompañamos durante todo el procedimiento para que puedas comenzar tus estudios en España con la autorización adecuada.

  6. FResidencia comunitaria

    RESIDENCIA COMUNITARIA

    Los ciudadanos de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y Suiza que quieran residir en España durante más de tres meses deberán solicitar su inscripción en el Registro Central de Extranjeros y obtener el correspondiente Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión.

    Para obtenerlo deberán cumplir alguno de los requisitos establecidos legalmente, como trabajar por cuenta ajena o propia en España, disponer de recursos económicos suficientes y cobertura sanitaria, o encontrarse en alguno de los demás supuestos previstos por la normativa.

    FAMILIARES DE CIUDADANOS DE LA UNIÓN

    Los familiares de ciudadanos de la Unión que no tengan nacionalidad europea pueden obtener una Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano de la Unión cuando acompañen o se reúnan con el ciudadano comunitario en España y cumplan los requisitos establecidos.

    Pueden beneficiarse de este régimen, entre otros:

    • Cónyuge.

    • Pareja registrada.

    • Pareja estable debidamente acreditada.

    • Hijos menores de 21 años y, en determinados casos, hijos mayores que vivan a cargo.

    • Ascendientes que vivan a cargo.

    • Otros familiares en los supuestos específicos establecidos por la normativa.

    La Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano de la Unión permite residir y trabajar en España y, con carácter general, tiene una validez de cinco años.

    Tras cinco años de residencia legal continuada, tanto los ciudadanos de la Unión como sus familiares pueden acceder a la residencia permanente cuando cumplan los requisitos establecidos.

    En Legal Immigration estudiamos tu situación y nos encargamos de todo el procedimiento para obtener tu residencia comunitaria o la residencia de tus familiares en España.

  7. GMatrimonio y pareja de hecho

    Matrimonio o pareja con ciudadano español

    Las personas extranjeras casadas o que mantengan una relación de pareja con un ciudadano español pueden acceder a una autorización de residencia temporal como familiar de una persona con nacionalidad española, siempre que cumplan los requisitos establecidos legalmente.

    Esta autorización puede solicitarse en los casos de matrimonio, pareja registrada o pareja estable debidamente acreditada. En el caso de una pareja estable no registrada, con carácter general deberá acreditarse una convivencia análoga a la conyugal de al menos 12 meses continuados. Este periodo no se exige cuando la pareja tiene descendencia común, siempre que se mantenga el vínculo.

    La autorización permite residir y trabajar en España, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, sin necesidad de solicitar una autorización de trabajo adicional.

    Dependiendo de la situación de la pareja y de dónde se encuentre el familiar extranjero, el procedimiento puede iniciarse desde España o desde el extranjero, conforme a los supuestos previstos en la normativa.

    En Legal Immigration estudiamos tu situación, comprobamos la documentación necesaria para acreditar el vínculo y te acompañamos durante todo el procedimiento hasta la obtención de tu residencia en España.

  8. HEmprendedores, y profesionales altamente cualificados

    Emprendedores y profesionales altamente cualificados

    España cuenta con autorizaciones de residencia específicas para emprendedores y profesionales altamente cualificados.

    Emprendedores: dirigidas a personas extranjeras que quieran iniciar, desarrollar o dirigir en España un proyecto empresarial innovador y/o de especial interés económico para el país. El proyecto deberá obtener un informe favorable de ENISA, valorándose, entre otros aspectos, el perfil profesional del solicitante, el plan de negocio, la financiación, la innovación y el valor añadido para la economía española.

    Profesionales altamente cualificados: destinadas a profesionales extranjeros que vayan a desarrollar en España una relación laboral o profesional de alta cualificación. La normativa contempla distintas modalidades en función de la cualificación, experiencia profesional y características de la contratación.

    En Legal Immigration estudiamos cada caso, valoramos la vía de residencia más adecuada y acompañamos al cliente durante todo el procedimiento ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE).

  9. ITeletrabajo

    RESIDENCIA PARA TELETRABAJO INTERNACIONAL

    La autorización de residencia para teletrabajo de carácter internacional, conocida como Visado de Nómada Digital, está dirigida a ciudadanos de terceros países que desean residir en España mientras trabajan a distancia para empresas o clientes situados fuera de España, utilizando medios informáticos y de telecomunicación.

    Pueden solicitarla tanto trabajadores por cuenta ajena como profesionales que desarrollen su actividad por cuenta propia.

    En el caso de los profesionales autónomos, se permite también trabajar para empresas o clientes situados en España, siempre que esta actividad no supere el 20 % de su actividad profesional total.

    Para solicitar esta autorización se deberá acreditar, entre otros requisitos, una relación laboral o profesional previa con la empresa o clientes extranjeros, que la actividad pueda desarrollarse a distancia, la cualificación profesional o experiencia exigida y medios económicos suficientes.

    La autorización permite incluir a determinados miembros de la familia, siempre que se cumplan los requisitos establecidos legalmente.

    La solicitud puede realizarse desde el extranjero mediante el correspondiente visado o directamente desde España cuando el solicitante se encuentre legalmente en el país y cumpla los requisitos establecidos.

    En Legal Immigration analizamos tu situación laboral o profesional, revisamos toda la documentación y preparamos tu expediente para solicitar tu residencia como nómada digital en España.

  10. JVisados

    VISADOS

    Los ciudadanos extranjeros que deseen viajar, estudiar, trabajar o residir en España pueden necesitar un visado, dependiendo de su nacionalidad, el motivo del viaje y la duración de su estancia.

    Existen diferentes tipos de visados para estancias de corta duración y para estancias superiores a 90 días, así como visados vinculados a determinadas autorizaciones de residencia, trabajo, estudios, teletrabajo internacional o reagrupación familiar.

    Para estancias de corta duración, la regla general permite permanecer en el espacio Schengen hasta 90 días en cualquier periodo de 180 días, siempre que se cumplan los requisitos de entrada correspondientes.

    Los requisitos y la documentación necesaria varían según el tipo de visado y las circunstancias personales de cada solicitante.

    En Legal Immigration analizamos tu situación, te asesoramos sobre el visado adecuado, revisamos la documentación y te acompañamos durante todo el procedimiento.

Preguntas frecuentes

¿Con qué tipos de residencia podéis ayudarme?

Tramitamos residencia y trabajo, residencia no lucrativa, reagrupación familiar, arraigo, estudiantes, residencia comunitaria, matrimonio y pareja de hecho, emprendedores, profesionales altamente cualificados, teletrabajo y visados.

No sé qué vía me conviene. ¿Podéis orientarme?

Sí. En una primera conversación repasamos tu situación y te decimos qué opciones son realistas antes de empezar ningún trámite.

¿Empezamos con tu trámite?

Cuéntanos tu situación y te decimos qué opciones tienes.