Nacionalidad española
Conseguir la nacionalidad española no tiene por qué ser una misión imposible. Nosotros ya hemos pasado por ello.

Qué incluye
NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR RESIDENCIA La nacionalidad española por residencia permite adquirir la nacionalidad después de haber residido en España de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud durante el plazo establecido para cada caso. PLAZOS DE RESIDENCIA 10 AÑOS Con carácter general. 5 AÑOS Para las personas que hayan obtenido la condición de refugiado. 2 AÑOS Para nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal. 1 AÑO Para quienes hayan nacido en España. 1 AÑO Para quien lleve al menos un año casado con un ciudadano español y no esté separado legalmente ni de hecho. Existen también otros supuestos específicos en los que es suficiente un año de residencia. EXÁMENES DE NACIONALIDAD Con carácter general, para solicitar la nacionalidad española deben realizarse las siguientes pruebas del Instituto Cervantes: CCSE Prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales de España. DELE A2 O SUPERIOR Prueba que acredita un conocimiento básico del idioma español. Los nacionales de países donde el español sea lengua oficial están exentos de realizar la prueba DELE. Existen otros supuestos de exención o dispensa previstos legalmente. OTROS REQUISITOS Además del periodo de residencia correspondiente, el solicitante deberá acreditar buena conducta cívica y un grado suficiente de integración en la sociedad española. ¿CÓMO PODEMOS AYUDARTE? En Legal Immigration analizamos tu situación, calculamos cuándo cumples el periodo de residencia exigido, revisamos toda la documentación y presentamos tu solicitud de nacionalidad española, acompañándote durante todo el procedimiento.
ANacionalidad por residencia
NACIONALIDAD POR RESIDENCIA
La nacionalidad española por residencia es una de las principales vías para adquirir la nacionalidad española. Para acceder a ella, es necesario haber residido en España de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud durante el periodo de tiempo exigido en cada caso.
El plazo de residencia necesario varía según la nacionalidad y las circunstancias personales del solicitante, pudiendo ser de 1, 2, 5 o 10 años.
BNacionalidad por opción
En general, se debe a los estrechos vínculos familiares del interesado con ciudadanos españoles.
Así, pueden optar a la nacionalidad española quienes estén o hayan estado sujetos a la patria potestad de un español, aquellos cuyo padre o madre fuera español y nacido en España, y los adoptados mayores de dieciocho años.
CNacionalidad por posesión de estado
Se trata de una forma poco frecuente de adquirir la nacionalidad basada en el hecho de que el interesado ha poseído y utilizado esta nacionalidad durante diez años. Los requisitos son que el interesado actúe de buena fe en la posesión y uso de la nacionalidad española y que exista un título de nacionalidad inscrito en el Registro Civil, aunque dicho título esté anulado.
DNacionalidad por carta de naturaleza
Se concede a discreción del Gobierno mediante Real Decreto.
En este caso, el interesado debe demostrar que concurren circunstancias excepcionales para que se le conceda la nacionalidad. La apreciación de las circunstancias excepcionales alegadas no está sujeta a las normas generales del procedimiento administrativo y su evaluación es individualizada. Las circunstancias excepcionales en las que los interesados basan su solicitud son de naturaleza muy variada: culturales, deportivas, científicas, solidarias, etc.
ENacionalidad por simple presunción
España reconoce la nacionalidad por simple presunción a los hijos de padres extranjeros nacidos en España en el caso de que el país/países de origen de los padres no les atribuya una nacionalidad o si ambos padres carecen de nacionalidad.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas vías hay para obtener la nacionalidad?
Cinco: por residencia, por opción, por posesión de estado, por carta de naturaleza y por simple presunción. Cada una tiene sus propios requisitos.
Nací en España de padres extranjeros. ¿Cuál es mi caso?
Puede corresponderte la nacionalidad por simple presunción, prevista para quienes nacen en España sin recibir otra nacionalidad. Lo revisamos con tu documentación.
¿Empezamos con tu trámite?
Cuéntanos tu situación y te decimos qué opciones tienes.
